Política de envío
Las presentes condiciones serán de aplicación para los servicios
contratados en defecto de pactos específicos. SEUR tiene a su
disposición en los archivos de tarifas y en la web seur.com, las
condiciones de cada servicio o producto que el remitente acepta
y conoce.
2. Los datos contractuales sobre la naturaleza de la mercancía, nombre
y dirección del destinatario y remitente, son facilitados por éste bajo
su responsabilidad no siendo comprobados por SEUR, salvo grave
riesgo u orden de la autoridad competente.
3. La prestación de los servicios se efectuará de lunes a viernes, salvo
sábados mañana para aquellos envíos en los que se contraten los
servicios complementarios. Entrega en Sábado y/o Recogida en
Sábado. En el cómputo temporal se excluyen los días festivos y
sábados. Los servicios S-10 podrán ser entregados antes de las
11h. en poblaciones a una distancia superior a 50 km desde la
central SEUR de destino. Si no se efectuará la recogida del servicio
en el transcurso de 24h desde su solicitud, por motivos imputables
a SEUR, el máximo indemnizatorio correspondiente será el 10% del
porte. Si al efectuar la recogida no fuere posible la identificación
de la totalidad de los bultos, no se considerará válido el cuadre de
la cantidad consignada en el manifiesto de salida hasta que haya
sido identificado cada uno de los bultos mediante los dispositivos
instalados en nuestras plataformas.
4. RETRASO EN LA ENTREGA: En caso de incumplimiento del
plazo de entrega pactado, la indemnización no excederá del
precio satisfecho por el cliente. Si es parcial se indemnizará a
prorrata. No se considerará incumplimiento de plazo de entrega
el causado por ausencia o cambio de domicilio del destinatario,
destinatario o dirección desconocidos, impago de portes, suplidos
o reembolsos, cierre por vacaciones, entregas fuera de plazo en
2o intento de entrega, causas de fuerza mayor o caso fortuito u
otras no imputables a SEUR. Quedan excluidas de esta garantía
las mercancías enviadas “a recogerán” en el domicilio o almacenes
de SEUR en destino. SEUR no será responsable por el retraso de
la entrega en envíos a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla cuando
esté motivado por causas ajenas a SEUR (demoras de compañías
aéreas, marítimas, etc.).
5. MEJORA DE COBERTURA DE RESPONSABILIDAD. En defecto
de consignación expresa del valor de la mercancía transportada,
la responsabilidad máxima de SEUR por las pérdidas o averías,
está limitada como máximo a la cantidad de 33 € por kilo de peso
consignado, con un límite máximo indemnizatorio de 1.800 € por
expedición. No se indemnizarán daños en mercancías perecederas
como consecuencia de la acción temporal si se entregó la mercancía
dentro del plazo pactado.
6. SEGURO VALOR DECLARADO: El cliente tiene la posibilidad de
suscribir para el transporte un seguro suplementario que cubra,
con declaración de valor real, los daños que las mercancías nuevas
puedan sufrir hasta dicho valor. Quedan excluidos los servicios
de temperatura controlada. En este caso no se aplicará el recargo
dispuesto en el apartado 5. Lo anterior no exime al cliente de la
necesaria presentación de documentos acreditativos del valor real a
efectos de indemnización.
7. SEUR podrá rechazar los bultos que se presenten mal
acondicionados o identificados para el transporte, que no tengan la
documentación necesaria, cuyas características no coincidan con
las declaradas por el cliente. SEUR podrá supeditar la admisión de
los bultos a la aceptación de las reservas reseñadas en el albarán, no
respondiendo de las averías como consecuencia de la insuficiencia
de embalaje para el transporte.
8. PROHIBICIONES: SEUR no admite para su transporte mercancías
cuya longitud exceda de tres metros, aquellas cuyo contenido sea
contrario a la Ley, o sometidas a requisitos o disposiciones especiales
para su transporte: armas, dinero, fondos o efectos, materiales
tóxicos, inflamables o peligrosos, explosivos, o mercancías ADR,
etc., siendo de responsabilidad única y exclusiva del remitente.
9. MERCANCÍAS PELIGROSAS: El cliente que desea facturar
mercancía peligrosa embalada en cantidades limitadas (LQ), deberá
asegurar el cumplimiento del Acuerdo Europeo sobre Transporte
Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) en
cuanto a tipología de mercancía, cantidad máxima permitida,
embalajes homologados para las diferentes condiciones de
transporte y los diferentes distintivos necesarios para incorporar
en los bultos. Además, el cliente deberá informar a SEUR del
contenido, tamaño y peso de la misma, así como cualquier otra
información que se le solicite. Corresponde al cliente comunicar
a SEUR la naturaleza exacta del peligro que representan las
mercancías, con indicación de las precauciones a tomar. En caso
de que este aviso no haya sido consignado en la carta de porte,
recaerá sobre el cliente o destinatario la carga de la prueba de que
SEUR tuvo conocimiento de la naturaleza exacta del peligro que
presentaba el transporte de dichas mercancías. En caso de que
SEUR no haya sido informada de la peligrosidad de las mercancías
no estará obligada a continuar el transporte y podrá descargarlas,
depositarlas, neutralizar su peligro, devolverlas a su origen o adoptar
cualquier otra medida que resulte razonable en atención a las
circunstancias del caso. En tal caso, SEUR deberá comunicar esta
circunstancia inmediatamente al cliente, quien asumirá los gastos y
daños derivados de tales operaciones, así como de las eventuales
sanciones o daños y perjuicios que pudieran derivarse para SEUR
por el incumplimiento de esta obligación. Es responsabilidad del
cliente contratar el servicio SEUR que se ajuste a las necesidades
que en cada caso requiera la mercancía objeto de transporte. El
cliente deberá entregar a SEUR la mercancía con el embalaje y
señalización que en cada caso sean necesarios, atendiendo a las
características de la mercancía objeto de transporte. En caso de
incumplimiento del cliente, éste responderá frente a SEUR, dejándolo
exento de responsabilidad por los daños y perjuicios que la falta
de cumplimiento de las obligaciones que corresponden al cliente
pueda ocasionar a personas o mercancías, así como indemne de
las sanciones administrativas que, en su caso, pudieran derivarse.
10. La entrega de la mercancía se realizará en el domicilio designado
por el remitente hasta con dos intentos (salvo para envíos a
particulares o envíos en períodos de picos de producción, con uno),
y los siguientes en puntos de la red SEUR, salvo reiterada ausencia
del destinatario o que por su peso, volumen o características no
permitan a una sola persona su manejo, en cuyo caso, previo aviso
se efectuará a puerta de calle o en la central SEUR de destino. En
caso de ausencia del destinatario se notificará el intento de entrega
y la forma de acordar la misma. Se cobrará 52,38€ por aquellos
servicios que excedan de la mera recogida y entrega de la mercancía
o que conlleven un trámite inusual (Administraciones Públicas,
Embajadas, Consulados, compras de ingresos, pagos de ventanilla,
etc.). En el caso de adquisición de embalajes a SEUR, el responsable
de la entrega de los residuos de los envases y su correcta gestión
será el poseedor final. La no entrega de la mercancía transportada
por ausencia o rehúse del destinatario, deficiencia de sus datos
o impago de las cantidades derivadas del porte realizado, será
responsabilidad del remitente, quien vendrá obligado a soportar, a
su cargo, todos los gastos que ocasione dicha incidencia (depósito,
portes, seguros aduanas, retorno a origen...)
11. Será requisito necesario para proceder a la entrega de la mercancía la
firma del albarán de entrega por el destinatario. En caso de negativa
del destinatario a firmar el albarán, SEUR quedará exonerado de
toda responsabilidad.
12. Será requisito necesario para la entrega de la mercancía, la
identificación previa. En caso de no ser el titular la persona que
va a recoger la mercancía, no se podrá realizar la entrega sin
consentimiento expreso del titular.
13. El remitente, expedidor y/o exportador, autoriza al representante
aduanero SEUR como agente plenamente autorizado para gestionar
el despacho de aduanas cuando éste sea necesario, así como para
designar a otro agente aduanero para tal fin. El remitente está
obligado a suministrar toda la documentación e información que
sea necesaria para el cumplimiento de las formalidades aduaneras
y de seguridad con anterioridad a la aceptación del envío. SEUR no
está obligado a examinar o comprobar si la referida documentación
e información es exacta o suficiente, siendo una declaración
extracontractual a efectos de gestión. El remitente se compromete
a indemnizar a SEUR por cualquier sanción, gasto o coste en que
pudiera incurrir éste en el despacho aduanero por cualquier causa
no imputable a SEUR.
14. De conformidad con lo establecido en la ley 15/2009 del contrato
de transporte terrestre de mercancías en España, los plazos para
efectuar la reclamación por daños o faltas en la mercancía serán
de 7 días desde la entrega o en el mismo acto de la entrega en el
albarán si se pueden apreciar exteriormente. En los retrasos será
necesario que se hayan dirigido reservas por escrito a SEUR dentro
del plazo de 21 días desde su entrega. Las acciones derivadas del
contrato de transporte prescriben al año. La reclamación deberá
realizarse por cualquier medio escrito. En el caso de roturas es
imprescindible la conservación de los embalajes de la mercancía
siniestrada por parte del cliente y su exhibición al personal de SEUR.
15. SEUR podrá emplear nuevas herramientas telemáticas para recoger
la firma del cliente con el fin de acreditar la recogida y entrega de las
mercancías, medio que el cliente acepta sin reserva.
16. INTERNACIONAL. Son de aplicación las mismas restricciones
nacionales (punto 7) y además se prohíbe en los transportes
internacionales el envío de líquidos de más de 1 litro, de gases,antigüedades y obras de arte catalogadas, animales, perecederos.
Se aplica un suplemento de 0,40€ por expedición en concepto de
Tasa de Seguridad.
RESPONSABILIDAD TRANSPORTISTA: en el caso de retraso en
la entrega de todos los servicios internacionales será aplicable
el punto 4. Respecto a las pérdidas o averías que sufran las
mercancías como consecuencia del transporte, la indemnización
está limitada como máximo a los siguientes importes de acuerdo
al tipo de servicio contratado. Classic: Convenio CMR, 10 euros/kg.
Courier: Convenio de Varsovia, 22 DEG (activo de reserva del FMI).
Netexpress: 10 euros/kg. De conformidad a lo establecido en el
Convenio CMR (8,33 Unidades de Cuenta/DEG por kg)
17. CONTROL DE SANCIONES Y EMBARGO INTERNACIONAL
Por la presente, el cliente declara y garantiza a SEUR que cumple
con cualquier normativa nacional e internacional aplicable en
materia de control de exportaciones. A este respecto, el cliente
declara y garantiza que cumple con: (i) cualquier normativa
nacional e internacional aplicable relativa a productos de doble
uso, (ii) cualquier medida restrictiva o embargo impuesto en el
marco de los programas de la Unión Europea, Naciones Unidas
o de cualquier otro programa nacional o internacional, (iii)
cualquier normativa nacional e internacional aplicable contra el
terrorismo y el blanqueo de capitales, o actividades comparables.
El cliente declara y garantiza que no se encuentra entre las
personas o entidades identificadas en la lista de sanciones de la
Unión Europea, lista SDN ni en ninguna de las listas comparables
de las Naciones Unidas o de cualquier otro programa nacional o
internacional. Además, el cliente queda informado y acepta que
sus datos, los datos de los remitentes y destinatarios relativos
a la prestación de los Servicios se carguen en la herramienta de
supervisión SDN de SEUR con el fin de verificar que el cliente, los
remitentes y destinatarios no están identificados en la lista SDN ni
en ninguna de la Unión Europea, ni en ninguna otra lista nacional
o internacional comparable. El cliente se compromete a informar a
sus remitentes y destinatarios de dicho uso de sus datos por parte
de SEUR. Por la presente, el cliente se compromete a notificar a
SEUR cualquier conocimiento o sospecha que pueda tener de
que sus empleados, Clientes, el Destinatario o cualquiera de las
partes implicadas en el Servicio están incumpliendo cualquiera de
las normativas mencionadas anteriormente o están identificados
en la lista SDN o en cualquiera de las listas de las Naciones
Unidas o cualquier otra lista nacional o internacional comparable.
En caso contrario, se considerará que el cliente ha incumplido
estas Condiciones y SEUR tendrá derecho, a su entera discreción,
a (i) detener o suspender los Servicios, (ii) transferir cualquier
información requerida a las autoridades competentes y/o (iii) aplicar
el procedimiento requerido por dichas autoridades competentes,
incluida la destrucción del Paquete a costa de el cliente. El cliente
informará a sus remitentes y destinatarios antes de la prestación de
los Servicios de los derechos de SEUR mencionados anteriormente
y obtendrá su consentimiento para dichas disposiciones. SEUR no
será responsable en ningún caso de la interrupción o suspensión
de los servicios, de la transferencia de los datos de los remitentes y
destinatarios tras la solicitud de las autoridades competentes, o de
cualquier otra medida apropiada adoptada por SEUR conforme a la
legislación vigente.
18. TRIBUTOS, GASTOS Y SUPLIDOS: Los precios de estas tarifas
no incluyen IVA u otros tributos en vigor, gastos de aduana y/o
gestión y cualesquiera otros gastos y derechos causados por los
efectos porteados durante su conducción y hasta el momento de
su entrega, ni el importe de los Seguros. Lo anterior será objeto de
repercusión en factura. En ningún caso se entregará una mercancía
si en el mismo acto no se abonan los importes detallados en el
presente punto.
19. CUBICACIÓN:
Se aplicará cubicaje en aquellas expediciones que:
- Tengan como origen o destino las franquicias de Baleares (por vía
aérea), Canarias, Melilla e Islas Portuguesas
Se cubicará la mercancía con volumen a razón de los siguientes
parámetros:
- En el servicio marítimo con Canarias, Melilla e Islas Portuguesas,
a razón de 333 kgs/m3
.
- En el resto de los servicios a razón de 200 kgs/m3
.
20. CASCO URBANO: A efectos de tarificación los servicios y
reexpediciones, se considerará únicamente casco urbano el de
las capitales de provincia y poblaciones que figuren en la tabla de
destinos. El resto de poblaciones se considerará a efectos de tarifas
como “ENTREGAS FUERA DEL CASCO URBANO”. En el supuesto
de que SEUR tuviera que modificar la franquicia de la que depende
una determinada población, se producirá la consecuente variación
del precio de la reexpedición.
21. ENTREGAS FUERA DEL CASCO URBANO: Para las entregas fuera
del casco urbano, el precio del envío se verá incrementado por la
tarifa de reexpedición correspondiente a cada servicio.
22. RECOGIDAS FUERA DEL CASCO URBANO: Para las recogidas
fuera del casco urbano, el precio del envío se verá incrementado
por la tarifa de reexpedición correspondiente al servicio SEUR 24.
23. RECOGIDAS EN MADRID: Para los servicios de recogida del
servicio SEUR 24 efectuados en Madrid (Casco Urbano) el precio
de los envíos se verá incrementado en 1,79€ para las expediciones
de hasta un kilo, y 5,38€ para el resto de las expediciones, más IVA.
24. REEXPEDICIÓN ESPECIAL: Coste adicional de 7,98€/Exp. más
0,25€/Kg. para los envíos que se entregan fuera de la capital de
provincia o franquicia SEUR. En la isla de Gomera aplicar Módulo
tarifa de Tenerife más el Módulo 22 de Tarifa General (interinsular,
reexpedición especial). En la isla de Hierro, para poblaciones
distintas a Valverde, tarifa de Tenerife más el Módulo 22 de Tarifa
General más reexpedición especial.
CONDICIONES PARTICULARES APLICABLES AL
SERVICIO “SEUR FRIO”
1. SEUR FRÍO es un servicio de transporte de paquetes a temperatura
controlada en un rango de temperatura entre 2 y 8 grados Celsius
(este rango: la “Temperatura de Transporte”).
2. El Cliente está obligado a entregar a SEUR el paquete a transportar
mediante SEUR FRÍO perfectamente embalado y pre-refrigerado
dentro de la Temperatura de Transporte (el paquete así embalado y
pre-refrigerado: el “Paquete Refrigerado”). El Cliente es responsable
y se asegurará de que el acondicionamiento, la resistencia y la
integridad de los embalajes y envases empleados estén adaptados
a la naturaleza de la mercancía objeto de transporte. En particular,
el Cliente se obliga a preparar el Paquete Refrigerado utilizando un
embalaje limpio y seguro, que no esté rasgado y que evite fugas
de gases y líquidos, emanación de olores y contaminación cruzada
con otros paquetes refrigerados. El Cliente será responsable de los
daños que el uso de un embalaje inadecuado o defectuoso pueda
originar a personas, al material de transporte o a otras mercancías.
La recepción por SEUR de un Paquete Refrigerado a transportar
mediante SEUR FRÍO no supone la aceptación o conformidad de
SEUR sobre la suficiencia o deficiencia del embalaje.
3. Es obligación del Cliente verificar que la Temperatura de Transporte
es una temperatura adecuada para el mantenimiento en óptimas
condiciones de la mercancía contenida en el Paquete Refrigerado.
4. Se presumirá, sin posibilidad de prueba en contrario, que la
temperatura del Paquete Refrigerado en el momento de su entrega
a SEUR para su transporte mediante SEUR FRÍO se encuentra
dentro de la Temperatura de Transporte.
5. En caso de impedimentos a la entrega de un Paquete Refrigerado
y a falta de instrucciones por parte del Cliente en un plazo máximo
de 48 horas desde la fecha prevista de entrega, se entenderá que
SEUR queda autorizada para proceder a la destrucción del Paquete
Refrigerado.
6. Limitaciones de peso máximo por bulto en 30 kgs y en volumen
un máximo de 180 cm en la suma de las tres dimensiones sin
sobrepasar ninguna de ellas los 85 cm. ni dos de sus dimensiones
superen a la vez 65 cm. Para los envíos a Portugal, limitaciones
de peso máximo por bulto de 30kgs y en volumen un máximo de
162cm en la suma de las tres dimensiones, sin sobrepasar 68cm de
largo, 54 cm de ancho y 40 de cm de alto.
CONDICIONES ESPECIALES ESPECÍFICAS DEL
SERVICIO 2SHOP
1. Limitaciones de peso máximo por bulto en 20 kgs y un bulto por
expedición.
2. Medidas máximas permitidas 100 cm. de largo, 150 cm la suma de
las 3 medidas (Alto por Ancho por Largo) y 250 cm. de envergadura
total (Largo + Ancho multiplicado por 2 + Alto multiplicado por 2).
SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
ENTREGA EN SÁBADO: Con este servicio complementario se contrata
la entrega en sábados a través de un servicio preferente. En el cómputo
temporal se excluyen los días festivos en la localidad de destino, y el
sábado correspondiente a Semana Santa.
Se cobrarán 11,88 €, a incrementar sobre la tarifa de portes, por aquellos envíos
en los que se contrate el servicio complementario de entrega en sábado.
RECOGIDA EN SÁBADO: Con este servicio complementario se contrata
la recogida en sábados compatible con servicios preferentes y el servicio
SEUR 24. En el cómputo temporal se excluyen los días festivos en la
localidad de destino, y el sábado correspondiente a Semana Santa.
Se cobrarán 11,88 €, a incrementar sobre la tarifa de portes, por aquellos envíos
en los que se contrate el servicio complementario de recogida en sábado.
REEMBOLSO: El referido cargo incluye la gestión de cobro y seguro de
pérdidas o avería de la mercancía hasta el importe total del reembolso,
salvo mercancías perecederas, quedan excluidos los servicios de
temperatura controlada, en que será de aplicación lo dispuesto en la
condición general 5. Si la expedición se ha pactado a portes debidos, en
ningún caso se efectuará su entrega contra el pago del reembolso si en
el mismo acto no se pagan también los portes.
Se fija como importe del servicio de reembolso, a incrementar sobre
la tarifa, un cargo del 5,60% sobre el valor declarado (mínimo 7,74 €,
máximo 151,13 €). El referido cargo incluye la gestión de cobro y seguro
de pérdidas o deterioro de la mercancía hasta el importe total del
reembolso. Quedan excluidos los servicios de temperatura controlada.
SEGURO DE VALOR DECLARADO: El precio de este seguro será del
1,40% del valor declarado (mínimo 4€) y asegura mercancía nueva hasta
por un valor máximo de 6.000 € por expedición (para mayor información
ver la condición 6 de nuestras Condiciones Generales).
DOCUMENTACIÓN NECESARIA EN ADUANAS
Canarias (48/72-marítimo), Ceuta, Melilla, Andorra y Gibraltar
TODOS LOS ENVÍOS a o desde Canarias, Ceuta, Melilla, Andorra y
Gibraltar, han de ir acompañados de la documentación necesaria para
proceder al Despacho de Aduana tanto en origen como en destino. La falta
de esta documentación o de alguno de los requisitos que a continuación
se detallan, supondrá un retraso en el cumplimiento del servicio.
A- Envíos Comerciales
Factura comercial original, firmada, sellada y con número de factura.
Han de constar los siguientes datos:
1- Exportador:
1.1- Nombre y dirección completa.
1.2- N.I.F. o D.N.I. con el nombre del titular.
2- Consignatario:
2.1- Nombre y dirección completa.
2.2- N.I.F. o D.N.I. con el nombre del titular.
3- Descripción detallada de la mercancía.
4- Valores unitarios y valor total.
4.1- Según las condiciones de entrega indicar: Valor CIF, Valor FOB,
Valor en Fábrica, etc. Todo ello en la divisa que corresponda.
5- Unidades estadísticas de la mercancía; por ejemplo: pares de
zapatos, número de pantalones, etc.
6- Número de bultos.
7- Peso bruto y peso neto.
8- Condiciones del exportador; por ejemplo: fabricante, mayorista.
B- Envíos no Comerciales
Factura comercial original, firmada, sellada y con número de factura.
Han de constar los siguientes datos:
1- Todo según los puntos 1, 2, 3 y 8 del apartado A.
2- Valor de la mercancía a efectos estadísticos.
C- Envíos de Particulares
Declaración jurada en la que conste:
1- Nombre, dirección y D.N.I. del remitente (se adjuntará fotocopia).
2- Nombre, dirección y D.N.I. del consignatario.
3- Descripción detallada de la mercancía.
4- Valor a efectos estadísticos.
NOTA: Existen Modelos de Declaración a disposición del cliente.
D- Traslados de Residencia
1- Declaración como en el apartado C.
2- Baja de padrón a efectos de cambio de residencia.
3- Relación de contenido valorada por bulto.
NOTA: No se aceptarán facturas proforma. No se admitirá valor “0”.
Facturas sin I.V.A. Es recomendable el número de teléfono tanto del
remitente como del consignatario. Los envíos a Andorra y Gibraltar no
necesitan el N.I.F. del consignatario.
Notas muy importantes (para envíos a Canarias 48/72 y marítimo,
Ceuta, Melilla y Andorra)
Por tramitación de la gestión de salidas en Península, Canarias y Melilla,
se cobrará 17,37€.
Las expediciones con origen Ceuta y destino Península tendrán los
siguientes gastos en concepto de despacho de salida:
Expediciones nacionales con un solo despacho: 38,20€.
Expediciones nacionales con múltiples despachos, consultar con
delegación de Ceuta.
Las expediciones con origen Melilla y destino Península tendrán los
siguientes gastos en concepto de despacho de salida:
• Comercial 43,68€
• No Comercial Valor Declarado menor a 20€: 6,5€
• No Comercial Valor Declarado mayor a 20€: 43,68€
• Documentos Valor Declarado menor a 20€: 0€
• Documentos Valor Declarado mayor a 20€: 43,68€
• Sobres Valor Declarado menor a 20€: 0€
• Sobres Valor Declarado mayor a 20€: 43,68€
Por tramitación de la gestión de salidas en Andorra, se cobrará 26,31€.
Para Canarias, vía Marítima, por cada gestión en origen se cargarán 22,00€.
Por tramitación de la gestión de llegadas en:
• CANARIAS:
- Para envíos con valor igual o inferior a 150,25€ se cobrará 13,99€.
- Para envíos con valor superior a 150,25€ se cobrará 26,31€ más
tributos vigentes.
• PENÍNSULA: se cobrará 26,31€.
• ANDORRA: se cobrará 9,88€.
• CEUTA y MELILLA: el importe del despacho es de 17,37€.
Todas las expediciones con destino Ceuta que contengan mercancía
extranjera llevarán un despacho especial de entrada en Ceuta de 35,40€,
fuera del despacho habitual de 17,37€. En las expediciones procedentes
de Andorra con destino Península, se cobrará una única tarifa genérica
equivalente a la tramitación de la gestión de salidas en Andorra, por importe
de 26,31€. El valor a efectos estadísticos es facilitado por el remitente
y no constituye declaración contractual (Ver punto 6 de Condiciones
Generales del Contrato de Transporte: Seguro Valor Declarado). Será
objeto de la oportuna repercusión el importe adicional, que derivado del
transporte aéreo, pueda ser cargado a la Agencia en base al contenido
de la mercancía. El exportador y/o importador de las mercancías autoriza
a realizar los trámites aduaneros al agente de aduanas designado por la
Agencia de Transporte, de conformidad con lo establecido en la norma
vigente. En el supuesto de que la expedición sea entregada por orden del
remitente o del destinatario a un agente de aduanas distinto al designado
por la Agencia de Transporte, se entenderá, a todos los efectos, concluido
el servicio con la entrega de la mercancía y documentación a dicho
agente, cesando en ese momento por cumplimiento de contrato la
responsabilidad del transportista. No necesitan gestión de salidas todas
aquellas expediciones que cumplan los siguientes requisitos:
• Con destino Canarias:
- Valor inferior o igual a 150,25€.
- Expedición no comercial.
- Peso no superior a 15 Kg.
• Con destino Andorra:
- Sobres que contengan documentos.
• Con destino Melilla:
- Expedición no comercial (valor a efectos estadísticos).
- Mercancía con valor igual o inferior a 22€ (tanto empresas como
particulares).
- Peso igual o inferior a 25 Kg.
- Medidas: 0,30 x 0,30 x 0,30 m. y 25 Kg. por bulto.
No necesitan gestión de llegadas todas aquellas expediciones que
cumplan los siguientes requisitos:
Expediciones procedentes de península con destino Andorra: sobres que
contengan documentos.
Envíos Melilla-Península: el despacho de entrada se acumula al de salida,
cobrándose los dos conceptos en este último.
La Agencia de Transportes referida en razón social presta, en ejercicio
de su actividad de intermediación reconocida legalmente, el servicio de
transporte de la mercancía destinada y entregada por el remitente-cliente
para su posterior entrega al destinatario consignado.
PROHIBICIONES: SEUR no acepta para su envío dinero en efectivo,
talones al portador, instrumentos de pago, acciones, joyas, lingotes y
similares, antigüedades, sellos, metales preciosos, libranzas, plantas,
drogas, tabaco, alcohol, obras de arte, piedras preciosas, armas,
publicaciones escritas o audiovisuales prohibidas por ley, cheques de
viaje, animales y cualquier tipo de organismo vivo, productos o materiales
perecederos, combustibles o peligrosos (salvo por el Servicio de Carga
Aérea, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en cada caso),
bienes u objetos cuyo transporte esté prohibido por alguna disposición
legal o reglamentaria o de rango, dictada por Autoridades competentes
de cualquiera de los países de expedición, de destino o de tránsito del
envío en cuestión. Para todo litigio que pudiera sobrevenir entre las
partes, está acordada la competencia de los tribunales españoles de
Madrid capital que trata de litigios comerciales, sea cual sea el origen
o destino de los envíos. Ante cualquier duda consulte con nuestro
departamento comercial.
MERCANCÍAS PELIGROSAS: De acuerdo con las normas internacionales
e independientemente de las que cada país establece específicamente,
no se aceptan aquellas mercancías denominadas “peligrosas” tales
como: combustibles, ácidos, radiactivos, explosivos, armas, etc. Los
gases están prohibidos salvo aquellos casos en que por su presentación
y envasado puedan ser calificados como de uso personal (aerosoles,
espumas de afeitar, perfumes, etc.,). El cliente que desea facturar
mercancía peligrosa embalada en cantidad limitada (LQ), deberá asegurar
el cumplimiento del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional
de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR) en cuanto a tipología de
mercancía, cantidad máxima permitida, embalajes homologados para
las diferentes condiciones de transporte y los diferentes distintivos
necesarios para incorporar en los bultos. Además, el cliente deberá
informar a SEUR del contenido, tamaño y peso de la misma, así como
cualquier otra información que se le solicite.
Corresponde al cliente comunicar a SEUR la naturaleza exacta del peligro
que representan las mercancías, con indicación de las precauciones a
tomar. En caso de que este aviso no haya sido consignado en la carta
de porte, recaerá sobre el cliente o destinatario la carga de la prueba
de que SEUR tuvo conocimiento de la naturaleza exacta del peligro que
presentaba el transporte de dichas mercancías.
En caso de que SEUR no haya sido informada de la peligrosidad de
las mercancías no estará obligada a continuar el transporte y podrá
descargarlas, depositarlas, neutralizar su peligro, devolverlas a su origen
o adoptar cualquier otra medida que resulte razonable en atención a
las circunstancias del caso. En tal caso, SEUR deberá comunicar esta
circunstancia inmediatamente al cliente, quien asumirá los gastos y
daños derivados de tales operaciones, así como de las eventuales
sanciones o daños y perjuicios que pudieran derivarse para SEUR por el
incumplimiento de esta obligación.
Es responsabilidad del cliente contratar el servicio SEUR que se ajuste
a las necesidades que en cada caso requiera la mercancía objeto de
transporte.
El cliente deberá entregar a SEUR la mercancía con el embalaje y
señalización que en cada caso sean necesarios, atendiendo a las
características de la mercancía objeto de transporte. En caso de
incumplimiento del cliente, éste responderá frente a SEUR, dejándolo
exento de responsabilidad por los daños y perjuicios que la falta de
cumplimiento de las obligaciones que corresponden al cliente pueda
ocasionar a personas o mercancías, así como indemne de las sanciones
administrativas que, en su caso, pudieran derivarse.
TERRITORIOS RESTRINGIDOS: No se prestarán servicios hacia/desde
Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Cuba, Myanmar, Corea del Norte ni Siria.
EMBALAJE: el embalaje será responsabilidad exclusiva del cliente,
quien está obligado a entregar la mercancía embalada y etiquetada,
dotando a las mismas de una correcta protección, tanto interna como
externa, conforme a las características del mismo. En caso de que
Seur lo considere insuficiente, podrá rechazar el envío o la asunción
de responsabilidad ante daños internos y/o externos.. En general los
embalajes de madera (Pallets, cajas, marcos, etc...) están sujetos a
controles fitosanitarios por parte de la aduana de los países de destino.
Es generalizada la exigencia de que la madera sea fumigada y que se
acredite con el correspondiente certificado de una empresa habilitada
u organismo oficial. Cuando se hace necesaria la paletización de la
mercancía o su inclusión en el embalaje rígido, se requerirá la utilización
de elementos plásticos o metálicos o bien madera con certificado de
fumigación.
TIEMPO DE TRÁNSITO: Los tiempos de tránsito son orientativos y se
refieren a expediciones remitidas desde España. Los plazos indicados
no incluyen fines de semana, ni festivos en cualquiera de los países por
donde transite la expedición. Los tiempos de tránsito establecidos podrían
sufrir variación cuando los envíos son a consignatarios cuya recepción de
mercancías esté sujeta a restricciones horarias, requerimientos o medios
adicionales.
RETRASOS NO IMPUTABLES AL TRANSPORTE: la no entrega de
la mercancía transportada por ausencia o rehúse del destinatario,
deficiencia de sus datos o impago de las cantidades derivadas del
porte realizado (portes, seguros, tributos, gastos...) será responsabilidad
del remitente, quien vendrá obligado a soportar, a su cargo, todos los
gastos de dicha incidencia incluidos, en su caso, los gastos de depósito,
el precio y demás gastos del porte de la mercancía producidos en su
retorno a origen o posteriores entregas, y la repercusión del seguro
correspondiente.
SEGURO VALOR DECLARADO: el remitente podrá solicitar de la agencia
de transporte con la compañía de seguros que ésta estime oportuno
de un seguro suplementario que cubra, con declaración de valor real,
los daños que las mercancías puedan sufrir hasta el valor declarado de
las mismas. En este caso no se aplicará lo dispuesto en el apartado de
límites de responsabilidad.
MEDIDAS DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE: el remitente cliente en
relación con las normas de seguridad en el transporte, declara y garantiza
que: - El cliente debe asegurarse, y dar fe al cumplimentar el albarán,
o al efectuar la entrega, de que su envío no contiene ningún artículo
prohibido conforme a las disposiciones nacionales e internacionales
que regulan la seguridad del transporte. Su responsabilidad no queda
extinguida al facilitar dicha información. El cliente queda informado que
sus envíos pueden ser sometidos a chequeos de seguridad, los cuales
podrán incluir la utilización de equipos de rayos X, así como la inspección
y apertura del envío. El cliente certifica que ha preparado el envío en
instalaciones seguras, por empleados de su confianza, que el envío ha
sido protegido contra cualquier tipo de interferencias ilícitas durante su
preparación, almacenaje y transporte hasta su aceptación por SEUR
para el transporte. El envío no contiene objetos o sustancias prohibidas
incluidas en la versión vigente de la NORMA 4.1.1 DEL ANEXO 17 DE
LA OAC (armas, explosivos u otros artefactos peligrosos que puedan
utilizarse para cometer actos ilícitos y cuyo transporte o tenencia esté
autorizado).
DOCUMENTACIÓN PARA ENVÍOS DE MUESTRAS (A PAÍSES QUE
NO PERTENEZCAN A LA U.E.): para el envío de muestras es necesario
adjuntar una factura en castellano e inglés, pudiendo estar sujetas al
pago de aranceles, que generalmente correrán a cargo del destinatario.
IVA: los envíos con destino a la Unión Europea se verán incrementados
por el IVA correspondiente.
SERVICIO CLASSIC
CONDICIONES DE ENTREGA:
Todas las expediciones serán efectuadas con porte pagado hasta
domicilio del destinatario. Para los destinos no pertenecientes a la U.E,
por defecto la modalidad de entrega será DAP: Transporte pagado hasta
domicilio destinatario excluidas las formalidades aduaneras en destino.
En el caso de haberlos, son recaudados directamente en destino.
CONDICIONES DE RECOGIDA:
Servicio de recogidas de importación en Reino Unido, Islas del Canal e
Isla de Man no disponible.
PESOS Y MEDIDAS:
• Peso máximo por bulto: 31,5 Kg. (y cada bulto se contemplará como
una expedición). Ver condiciones específicas en envíos 2Shop.
• Longitud máxima del bulto: 175 cm. Ver condiciones específicas en
envíos 2Shop
• Base cálculo de limitación de volumen: Largo en cm. + (ancho en cm.
x2) + (alto en cm. x2) debe ser menor o igual a 300 cm. Ver condiciones
específicas en envíos 2Shop.
• Si la expedición supera las dimensiones y peso máximos indicados, el
envío pasará a tratarse por servicio Netex.
• Cubicaje a 200 kgs/m3
FORMALIDADES ADUANERAS:
• Despacho de Exportación: 3,00€.
Todos los envíos deben ir acompañados de factura comercial original,
preferiblemente en formato digital, emitida en español e inglés o
Declaración de Valor, con nombre y firma del apoderado y mencionando
expresamente:
- Dirección completa del destinatario incluyendo Tfno. y VAT (solo
necesario para empresas)
- País de origen de la mercancía
Partida arancelaria de cada uno de los productos que componen la
expedición (recomendado)
- Peso bruto de cada partida arancelaria (peso bruto incluye embalaje
y contenido).
- Unidades de Producto, así como unidades de valor unitarias y total.
Suplementos adicionales:
• Documentación incompleta 5,00€.
• Falta documentación 10,00€.
• Circuito naranja - Inspección documental 10,00€.
• Circuito rojo - Inspección física 30,00€.
SUPLEMENTOS ESPECIALES:
Zonas remotas 25 € por expedición. Consultar listado de códigos
postales en la web.
Suplemento por exceso de medidas o peso: 25,00€ por expedición.
Suplemento Seguridad: 0,40€ por expedición.
LÍMITE DE RESPONSABILIDAD:
Máxima cobertura 200 € por expedición, incluido en el precio. Ver
condiciones específicas en envíos 2Shop.
PLAZOS DE RECLAMACIÓN:
De conformidad con lo establecido en la ley 15/2009 del contrato de
transporte terrestre de mercancías en España, los plazos para efectuar
la reclamación por daños o faltas en la mercancía serán de 7 días desde
la entrega o en el mismo acto de la entrega en el albarán si se pueden
apreciar exteriormente. Las acciones derivadas del contrato de transporte
prescriben al año. La reclamación deberá realizarse por cualquier medio
escrito. En el caso de roturas es imprescindible la conservación de los
embalajes de la mercancía siniestrada por parte del cliente y su exhibición
al personal de SEUR.
SERVICIO CONTRAREEMBOLSO (C.O.D):
Este servicio no está disponible.
CONDICIONES ESPECIALES ESPECÍFICAS PARA REINO UNIDO
1 Reino Unido admite expediciones multibulto (máximo 10) con un
suplemento adicional a la tarifa de transporte.
Tasación por expedición por el total de kilos.
Nº Bultos Suplemento €
Nº Bultos Suplemento €
1 0 €
2 10 €
3 15 €
4 20 €
5 25 €
6 30 €
7 35 €
8 40 €
9 45 €
10 50 €
• Se aplica un suplemento adicional de envíos de multibulto a Reino
Unido para expediciones de más de 31,5 kgs.
• Los cargos por exceso de peso o medidas en caso de multibulto se
aplican por bulto individual.
CONDICIONES ESPECIALES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO CLASSIC
FRÍO
• Precios por expedición, considerando que una expedición consiste en
un solo bulto de máximo 30 Kg.
• Medidas máximas permitidas: 85x45x50 cms.
• Servicio disponible sólo en Francia y Mónaco, excepto Islas y Territorios
Ultramar.
• Tiempo de tránsito garantizado: 48 hrs.
• Recogidas de Lunes a Jueves.
• Entregas de Martes a Sábado.
• No hay servicio de importación disponible.
• Indemnización limitada como máximo al Convenio CMR, 10 euros/kg.
• Es obligatorio incluir la caducidad del producto desde la recogida en
días.
• Seguro de transporte incluído en tarifa. Máxima cobertura 200€ por
bulto.
• Es obligatorio incluir la caducidad del producto desde la recogida en
días.
• SEUR se reserva el derecho de no recoger en caso de que el embalaje
no sea el apropiado.
• La mercancía debe estar embalada de manera estanca a líquidos y
olores de tal manera que no pueda contaminar o ser contaminada al
ponerse en contacto con otros bultos.
• Está prohibido el uso de hielo para conservar el producto.
• Está prohibido el envío de carne picada.
• En el caso de pescado, sólo se puede mandar al vacío o con hielo seco.
• Cárnicos y pescado deben ir acompañados de la documentación
obligatoria de trazabilidad.
• Temperatura de servicio: 2-8ºC.
• Es obligatorio incluir en el envío tanto el nombre como el teléfono de
contacto del destinatario.
En caso de incidencia o festivo durante el tránsito, el envío quedará
almacenado siempre en cámaras de refrigeración entre 2 y 8ºC.
CONDICIONES ESPECIALES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO CLASSIC
2SHOP
• Precios por expedición, considerando que una expedición consiste en
un solo bulto de máximo 20 Kgs.
• Medidas máximas permitidas: 100 cm. de largo y 250 cm. de
envergadura total (Largo + Ancho multiplicado por 2 + Alto multiplicado
por 2).
• Limitaciones peso UK: 8 kilos. Servicio no disponible temporalmente.
• Limitaciones medidas Estonia, Lituania, Letonia: 61x44x37 cm.
• Cobertura aplicable: CMR.
CONDICIONES ESPECIALES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO AIR
CLASSIC
PESOS Y MEDIDAS:
• Monobulto.
• Peso máximo: 31,5 kg
• Dimensiones máximas: 60*60*60 cm
• Factor volumétrico: 200 kg/m³
LÍMITE DE RESPONSABILIDAD:
En el caso del servicio Air Classic la cobertura aplicable será 10€/kg.
SERVICIO NETEX
CONDICIONES DE ENTREGA:
Todas las expediciones serán efectuadas con porte pagado hasta
domicilio del destinatario. Para los destinos no pertenecientes a la U.E,
por defecto la modalidad de envío será DAP: Transporte pagado hasta
domicilio destinatario, excl. las formalidades aduaneras en destino.
CONDICIONES DE RECOGIDA:
Servicio de recogidas de importación en Reino Unido, Islas del Canal e
Isla de Man no disponible.
PESOS Y MEDIDAS:
• El peso máximo autorizado por expedición es de 1.000 kg y por bulto
70 kgs y por palet 500 kgs.
• Medidas máximas autorizadas por bulto: 3m x 1,2m x 1,7m (altura).
• Medidas máximas autorizadas por palet: 1,2m x 0,80m x 2m (altura).
• Cubicaje a 200 kgs/m3
SERVICIOS ESPECIALES:
Aquellos servicios de recogida o entrega Internacional, de envíos
que superen los pesos y medidas establecidos, que requieran de
una concertación de entrega (en días y/u horas determinadas), con
documentos, servicios adicionales (personal o vehículos específicos),
serán susceptibles de un suplemento en el precio de tarifa. Los tiempos
de tránsito establecidos podrían sufrir variación cuando los envíos son
destinados a ferias.
FORMALIDADES DE ADUANA:
Exportaciones: El importe de las formalidades de Aduana de salida es de
15,03 €/expedición.
Todos los envíos deben ir acompañados de factura comercial original,
preferiblemente en formato digital, emitida en español e inglés o
Declaración de Valor, con nombre y firma del apoderado y mencionando
expresamente:
• Dirección completa del destinatario incluyendo Tfno. y VAT (solo
necesario para empresas)
• País de origen de la mercancía
Partida arancelaria de cada uno de los productos que componen la
expedición (recomendado)
• Peso bruto de cada partida arancelaria (peso bruto incluye embalaje y contenido).
• Unidades de Producto, así como unidades de valor unitarias y total.
Suplementos adicionales:
• Documentación incompleta 5,00€.
• Falta documentación 10,00€.
• Circuito naranja - Inspección documental 10,00€.
• Circuito rojo - Inspección física 30,00€.
SUPLEMENTOS ESPECIALES DEL SERVICIO:
Zonas remotas 25% sobre el importe. Consultar listado códigos postales
en la web.
Suplemento Seguridad: 0,40€ por expedición.
LÍMITE DE RESPONSABILIDAD:
La responsabilidad de la empresa de transportes, por daños, pérdidas o averías
que sufran las mercancías, está limitada como máximo a lo establecido en el
Convenio C.M.R., Protocolo 5/7/78 (8.33 Unidades de Cuenta / DEG. por Kg.).
PLAZOS DE RECLAMACIÓN:
De conformidad con lo establecido en la ley 15/2009 del contrato de
transporte terrestre de mercancías en España, los plazos para efectuar
la reclamación por daños o faltas en la mercancía serán de 7 días desde
la entrega o en el mismo acto de la entrega en el albarán si se pueden
apreciar exteriormente. Las acciones derivadas del contrato de transporte
prescriben al año. La reclamación deberá realizarse por cualquier medio
escrito. En el caso de roturas es imprescindible la conservación de los
embalajes de la mercancía siniestrada por parte del cliente y su exhibición
al personal de SEUR.
SERVICIO CONTRAREEMBOLSO (C.O.D)
Servicio solo disponible en envíos a Italia, consiste en la entrega al
destinatario de la mercancía contra entrega de cheque por el importe
solicitado por el remitente, quien reconoce y acepta dicho medio de
pago. Como medio de pago del importe solicitado solamente se aceptan
cheques de cuenta corrientes nominativos emitidos por el destinatario y
a favor del remitente. La Agencia de Transportes no responde del buen
fin de los cheques entregados por el consignatario. El importe del contra
reembolso ordenado por el remitente debe de estar establecido en la
divisa del país de destino. Las expediciones con entrega condicionada
tienen un suplemento fijo de 50 €, en concepto de comisión de gestión.
SERVICIO COURIER
CONDICIONES DE ENTREGA:
Todas las expediciones serán efectuadas con porte pagado hasta
domicilio del destinatario. Para los destinos no pertenecientes a la U.E,
por defecto la modalidad de envío será DAP: Transporte pagado hasta
domicilio destinatario, excl. las formalidades aduaneras en destino.
CONDICIONES DE RECOGIDA:
Servicio de recogidas de importación en Reino Unido, Islas del Canal e
Isla de Man no disponible.
PESOS Y MEDIDAS:
• Peso máximo por bulto: 31,5 Kg.
• Las dimensiones mínimas serán las de un sobre de 22,9 cm. x 16,2 cm.
• Longitud máxima del bulto: 175 cm.
• Base cálculo de limitación de volumen: Largo en cm. + (ancho en cm.
x2) + (alto en cm. x2) debe ser menor o igual a 300 cm.
• Cubicaje a 200 kgs/m3
FORMALIDADES DE ADUANA:
Todos los envíos deben ir acompañados de factura comercial original,
preferiblemente en formato digital, emitida en español e inglés o
Declaración de Valor, con nombre y firma del apoderado y mencionando
expresamente:
- Dirección completa del destinatario incluyendo Tfno. y VAT (solo
necesario para empresas).
- País de origen de la mercancía
- Partida arancelaria de cada uno de los productos que componen la
expedición (recomendado).
- Peso bruto de cada partida arancelaria (peso bruto incluye embalaje y
contenido).
- Unidades de Producto así como unidades de valor unitarias y total.
• Despacho de Exportación: 15,03€.
SUPLEMENTOS ESPECIALES:
Suplemento Seguridad: 0,40€ por expedición.
LÍMITE DE RESPONSABILIDAD:
La responsabilidad máxima de la empresa de transportes, por los daños,
pérdidas o averías que sufran aquellas, excepto por retraso de la entrega,
será, de acuerdo al Convenio de Varsovia, 22 DEG (activo de reserva del FMI).
La responsabilidad máxima de la empresa de transportes, por los daños,
pérdidas o averías que sufran aquellas, excepto por retraso de la entrega,
será de:
A) Documentos 300,51 € máximo por expedición.
B) Muestras 1.202,02 € máximas por expedición.
C) En aquellos supuestos en que por cualquier motivo no resulte de
aplicación la cobertura de garantía establecida en el apartado A y B,
serán de aplicación los límites de responsabilidad establecidos en cada
momento por las normas internacionales de navegación aérea.
PLAZOS DE RECLAMACIÓN:
De conformidad con lo establecido en el artículo 124 de la Ley sobre
Navegación Aérea, la acción para exigir el pago de la indemnización por
daños y pérdidas prescribe a los 2 años a contar desde la fecha en que
se produjesen con un plazo de 14 días para formalizar la reclamación por
escrito ante el transportista.
NORMA DE SEGURIDAD PARA EL TRANSPORTE POR VÍA AÉREA:
El cliente debe asegurarse, y dar fe al cumplimentar el albarán, o al
efectuar la entrega, de que su envío no contiene ningún artículo prohibido
conforme a las disposiciones nacionales e internacionales que regulan la
seguridad del transporte aéreo. Así mismo está obligado a proporcionar
una descripción completa del contenido del envío en el albarán. Su
responsabilidad no queda extinguida al facilitar dicha información.
El cliente queda informado que sus envíos pueden ser sometidos a
chequeos de seguridad, los cuales podrán incluir la utilización de equipos
de rayos X, así como la inspección y apertura del envío.
El cliente certifica que ha preparado el envío en instalaciones seguras,
por empleados de su confianza, que el envío ha sido protegido contra
cualquier tipo de interferencias ilícitas durante su preparación, almacenaje
y transporte hasta su aceptación para el transporte.
SEGURO VALOR DECLARADO:
El remitente podrá solicitar de la agencia la contratación con la compañía
de seguros que ésta estime oportuna, de un seguro suplementario que
cubra, con declaración de valor real, los daños que las mercancías
puedan sufrir hasta el valor declarado de las mismas. El precio de este
seguro será del 1,25% del valor declarado (importe mínimo 6,01 €). De
no contratar este seguro, serán de aplicación en todo caso, los límites de
responsabilidad contractual reseñados en el punto 5. Lo anterior no se
verá alterado por la necesaria presentación de documentos en que, para
realizar el tránsito de mercancía, venga referida a su valor o contenido, el
cual será considerado como declaración extracontractual, y a efectos de
gestión ante terceros.
DOCUMENTOS:
No se consideran como documentos: Fotografías, Folletos, Revistas,
CD’s.
Condiciones de envíos de particulares a Noruega:
Solo se puede mandar a particulares si estos son ciudadanos noruegos.
Está prohibido mandar efectos personales, libros, cualquier tipo
de alimento, productos farmacéuticos y medicinas, suplementos
alimenticios y vitaminas, plantas, flores y semillas y por supuesto armas,
alcohol y tabaco. Para envíos de más de 150€ es necesario el PID (CIF)
del destinatario. Es obligatorio incluir en la factura, el nº de factura, el
teléfono del destinatario, el país de fabricación de la mercancía y el
código arancelario de 10 dígitos, la firma y sello y la condición de entrega.
número de ítems, valor unitario y total por partida arancelaria y peso bruto
de cada partida arancelaria (peso bruto incluye embalaje y contenido). No
se aceptan datos manuscritos.
CLIENTES CON CONDICIONES ESPECIALES
CARACTERÍSTICAS DE LA MERCANCÍA
La variación en el tipo de mercancía y/o en las características de los bultos
y expediciones declaradas por el cliente permitirá a SEUR la resolución
anticipada del presente acuerdo o la modificación de las condiciones de
éste. SEUR se reserva la facultad de revisar trimestralmente la facturación
realizada, calculándola proporcionalmente a la prevista anual, a efectos
de modificación de las tarifas pactadas en este contrato.
PRODUCTOS / SERVICIOS
• Servicio SEUR 24 con entrega a domicilio (hasta 2 intentos salvo
periodos de pico de producción, con uno). Sucesivas entregas en
puntos de la red SEUR.
• Servicio Entrega a Particular con entrega a domicilio en un primer
intento. Sucesivas entregas en puntos de la red SEUR.
• Recogidas y entregas de Lunes a Viernes. Entregas en sábado previa
contratación del Servicio Complementario Entrega en Sábados (excepto
festividad en la localidad de destino).
• Si al efectuar la recogida no fuere posible la identificación de la totalidad
de los bultos, no se considerará válido el cuadre de la cantidad
consignada en el manifiesto de salida hasta que haya sido identificado
cada uno de los bultos mediante los dispositivos instalados en nuestras
plataformas.
RESPONSABILIDAD
Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías, la
indemnización por pérdida o avería no podrá exceder de un tercio del
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo
de peso bruto de mercancía perdida o averiada. Para envíos con origen
y destino Portugal, la responsabilidad máxima de SEUR será de 15€/Kg.
de mercancía averiada o extraviada para lo que se cargará una prima
obligatoria del 4% sobre los portes (mín. 0,69 €). Los clientes del producto
SEUR FRIO tienen la posibilidad de suscribir un seguro suplementario
que cubra los daños sufridos por las mercancías transportadas como
consecuencia de la rotura de la cadena de frio. El coste de este seguro es
del 6% sobre portes (con un mínimo de 1,03 € por expedición). El importe
de la indemnización será el valor acreditado de la mercancía transportada,
con un límite máximo indemnizatorio de 2.000 € por expedición.
TARIFAS
La tarifa ofertada está condicionada a utilización de la web seur.com
para la solicitud de recogidas, servicios y seguimiento de envíos y las
herramientas on line de integración para la documentación y etiquetado
de éstos. A aquellos servicios o productos de SEUR no incluidos en esta
oferta se les aplicará la tarifa general vigente y las condiciones generales
contenidas en este documento y que pueden consultarse en todo
momento en la web seur.com. SEUR se reserva el derecho a revisar sus
tarifas vigentes como consecuencia del incremento de costes derivados
de la modificación de la legislación laboral aplicable.
REEXPEDICIONES
La tarifa aplicable a los envíos con destino Canarias, Baleares o Portugal
no incluye la reexpedición especial a las islas de Hierro, Gomera,
Formentera, Ibiza, Menorca, Madeira y Azores. La tarifa para envíos en la
Península no incluye la reexpedición especial a Andorra. La tarifa aplicable
a los envíos a Ceuta y Melilla no incluye la reexpedición especial para
estos destinos. Todas estas reexpediciones especiales serán facturadas
según tarifa general. Impuestos y otros gastos I.V.A. y gastos aduaneros
no incluidos.
SUPLEMENTOS ESPECIALES
• Tarifa sujeta a suplemento por tasa de energía, cuyo índice aparece
publicado y actualizado mensualmente en seur.com.
• Se aplicará un cargo de 3,3€ por expedición en envíos con orígenes /
destinos considerados remotos (consúltelos en seur.com).
• Se aplicará un cargo de 1,5€ por bulto en aquellos considerados No
encintables.
• Se aplicará un cargo de 7,5€ por bulto en aquellos considerados No
apilables.
• Se aplicará un cargo de 49€ por bulto en aquellos considerados
Fuera de Norma A (mercancías que por su volumen o características
especiales entrañen dificultades para su manejo) y de 99€ por bulto
en aquellos considerados Fuera de Norma B (mercancías que por sus
características particulares: peso, volumen, morfología, etc., puedan
suponer un riesgo para otras mercancías durante el transporte o
precisen para su tratamiento de medios mecánicos excepcionales).
• Se aplicará un cargo de 1,2 € por bulto en los neumáticos.
• Se aplicará una tasa ecológica IMO de 0,2€ por kilo en los envíos marítimos,
para el uso de combustibles bajos en contenido de óxido de azufre.
• Se aplicará un cargo de 0,60€ por bulto para las expediciones del
servicio Entrega a particulares en periodo peak comprendido entre 15
de noviembre y 15 de enero.
• Se aplicará un cargo de 0,99 € hasta 10 kgs y de 2,99 € para más de
10 kgs en aquellas expediciones contratadas bajo el servicio Entrega a
Particulares en el periodo peak (comprendido entre 15 de junio y 15 de
septiembre) para entregas o recogidas en poblaciones con dificultades
operativas durante dicho periodo (consulte las poblaciones afectadas
en seur.com).
• Para las expediciones multibulto de entrega a particulares se aplicará
un cargo de 0,20€ por bulto a partir del segundo bulto y sucesivos.
• Se aplicará un cargo de 0,25€ por expedición en caso de no existir
correo electrónico válido o de que el teléfono del destinatario no esté
informado o lo esté en un formato no válido en los datos de contacto
de la expedición.
• Se aplicará un cargo de 0,50€ por expedición en caso de que la dirección
informada sea incorrecta o con falta de información para realizar de una
manera eficaz la entrega.
• Se aplicará un suplemento de 3€ por expedición por concepto
Extrapeninsulares en caso de envíos a poblaciones tipificadas de esta
forma en las islas de Baleares y Canarias que no son capitales de
provincia.
• Se aplicará un cargo de 0,50€ por bulto si el cliente no está integrado en
ninguna de nuestras plataformas de documentación de expediciones.
• Para cubrir el sobrecoste que se genera en entregas con operativas
especiales en plataformas logísticas que se salen fuera de nuestros
procesos estándar, se aplicará un suplemento de 3 € por bulto por
concepto de Entregas Especiales en Plataformas.
VOLUMEN
Factor cubicaje 200 Kgs./m3 para terrestre y aéreo, factor cubicaje a 333
Kgs./m3 para marítimo.
POLÍTICA MATERIALES
SEUR cumple con lo dispuesto en el Real Decreto 1055/2022 de 27 de
diciembre de envases y residuos de envases.
El CLIENTE podrá adquirir de SEUR material (bolsas, cajas,...) para el
embalaje de la mercancía objeto de transporte. Pregunte a SEUR el
precio del material de embalaje vigente en cada momento.
El importe por el que SEUR contribuirá al Sistema Colectivo de
Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) por el material de
embalaje adquirido por el CLIENTE, se detallará en la factura emitida por
SEUR para el pago del precio de dicho material.
PROTECCIÓN DE DATOS
Las partes informan a los representantes que firman la presente oferta
de que sus datos de carácter personal serán incluidos en sendos
ficheros responsabilidad de cada una de las partes, cuya finalidad es
el mantenimiento de las relaciones contractuales de las mismas, siendo
imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, la
capacidad de representación que ostentan, número de DNI o documento
equivalente y su firma. Asimismo, las partes garantizan cumplir con
el deber de información con respecto a sus empleados cuyos datos
personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento
y cumplimiento de la relación contractual. La base jurídica que legitima
el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la
celebración y ejecución del acuerdo suscrito. Los datos serán conservados
durante la vigencia del presente acuerdo y, posteriormente, durante el
plazo necesario para atender las posibles responsabilidades derivadas
de la relación contractual. En todo caso, los afectados podrán ejercer
sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación
y portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación
por escrito al domicilio social que consta al comienzo del presente
documento. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la
protección de datos personales, podrán interponer una reclamación ante
la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
Para la prestación del servicio será necesario que el CLIENTE comunique
los datos personales relativos a remitentes y/o destinatarios objeto del
mismo. En este sentido, cuando se trate de un servicio de transporte
nacional el tratamiento de los datos comunicados será responsabilidad
de GEOPOST ESPAÑA S.L. y SEUR GEOPOST S.L. en calidad de
Corresponsables. Igualmente, cuando se trate de un servicio de
transporte internacional el tratamiento de los datos comunicados será
responsabilidad de GEOPOST S.A. empresa matriz a nivel internacional
y las Unidades de Negocio pertenecientes a la misma en calidad de
Corresponsables.
Las partes se comprometen a cumplir con lo dispuesto en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de
016 (en adelante, RGPD) y a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales (en adelante, LOPD) respondiendo y manteniendo
indemne a la parte contraria de cualquier incumplimiento en que incurran
personalmente.
En este sentido el CLIENTE garantiza: a) la procedencia lícita de los
datos personales que se comunican y que éstos han sido obtenidos
respetando y cumpliendo con los principios y requisitos establecidos
en la normativa de protección de datos; b) que los datos de carácter
personal objeto del presente acuerdo se han obtenido informando
convenientemente a los interesados de acuerdo con los requisitos
establecidos en los artículos 12, 13 y/o, en su caso, 14 del RGPD, así
como en el artículo 11 de la LOPD; c) que los datos han sido obtenidos
informando al interesado sobre la comunicación de datos objeto del
presente acuerdo y que el CLIENTE dispone de base jurídica suficiente
que legitime dicha comunicación de datos conforme a lo dispuesto en el
artículo 6 del RGPD; d)que los datos de carácter personal comunicados
cumplen con los principios relativos al tratamiento de datos, recogidos
en el artículo 5 del RGPD.
Por su parte, las CESIONARIAS asumirán el deber de informar al
interesado del tratamiento de sus datos conforme a los requisitos
establecidos en los artículos 12 y 14 del RGPD.
CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE /
ANTICORRUPCIÓN/ CONTROL DE LAS EXPORTACIONES
El Cliente declara, garantiza y acepta que ha cumplido en todo momento
y seguirá cumpliendo todas las leyes anticorrupción/antisoborno
potencialmente aplicables. En particular, el Cliente declara, garantiza y
acuerda que no hará, ofrecerá, prometerá ni autorizará ningún regalo
de dinero o cualquier cosa de valor para obtener o retener negocios,
o para dirigir negocios a cualquier persona, o para obtener cualquier
Geopostventaja injusta, en violación de las leyes aplicables.
Por la presente, el Cliente declara y garantiza al Miembro de la Red
Geopost que cumple con cualquier normativa nacional e internacional
aplicable en materia de control de exportaciones. A este respecto, el
Cliente declara y garantiza que cumple con: (i) cualquier normativa
nacional e internacional aplicable relativa a productos de doble uso,
(ii) cualquier medida restrictiva o embargo impuesto en el marco de los
programas de la Unión Europea, las Naciones Unidas o de cualquier otro
programa nacional o internacional, (iii) cualquier normativa nacional e
internacional aplicable contra el terrorismo y el blanqueo de capitales,
o actividades comparables. El Cliente declara y garantiza que no se
encuentra entre las personas o entidades identificadas en la lista SDN ni
en ninguna lista de sanciones de la Unión Europea, las Naciones Unidas
o cualquier otra lista nacional o internacional comparable.
Además, el Cliente queda informado y acepta que sus datos, los datos
de los Clientes y de los Destinatarios relativos a la prestación de los
Servicios se carguen en la herramienta de supervisión SDN del Miembro
de la Red Geopost con el fin de verificar que el Cliente, los Clientes y el
Destinatario no están identificados en la lista SDN ni en ninguna de las
listas de sanciones de la Unión Europea, Naciones Unidas ni en ninguna
otra lista nacional o internacional comparable. El Cliente se compromete
a informar a sus Clientes y al Destinatario de dicho uso de sus datos
por parte del Miembro de la red Geopost. Por la presente, el Cliente
se compromete a notificar al Miembro de la red de Geopost cualquier
conocimiento o sospecha que pueda tener de que sus empleados,
Clientes, el Destinatario o cualquiera de las partes implicadas en el
Servicio incumplen alguna de las normativas anteriormente mencionadas
o están identificados en la lista SDN o en cualquiera de las Naciones
Unidas o en cualquier otra lista nacional o internacional comparable.
En caso contrario, se considerará que el Cliente ha incumplido estas
Condiciones y el Miembro de la Red Geopost tendrá derecho, a
su entera discreción,a adoptar cualquier de las siguientes medidas
proporcionalmente en atención a la infracción a (i) detener o suspender
los Servicios, (ii) transferir cualquier información requerida a las
autoridades competentes y/o (iii) aplicar el procedimiento requerido
por dichas autoridades competentes, incluida la retención destrucción
del Paquete a costa del Cliente. El Cliente informará a sus Clientes y
al Destinatario antes de la prestación de los Servicios de los derechos
del Miembro de la Red de Geopost mencionados anteriormente y
obtendrá su consentimiento para dichas disposiciones. El Miembro de
la red Geopost no será responsable en ningún caso de la interrupción
o suspensión de los Servicios, de la transferencia de los datos de los
Clientes del Cliente o del Destinatario tras la solicitud de las autoridades
competentes, de la retención del Paquete o de cualquier otra medida
apropiada adoptada por el Miembro de la red Geopost en aplicación de
la presente cláusula.
CANAL ÉTICO
El cliente tiene acceso al Canal Ético habilitado para comunicar cualquier
brecha en relación con derechos humanos, libertades fundamentales,
seguridad y salud de las personas, los principios medioambientales,
prácticas anticompetitivas, seguridad de la información y corrupción
pública o privada que sean presenciados durante la ejecución del
contrato. El Canal es accesible en el siguiente enlace: https://www.seur.
com/es/compania/conocenos/canal-etico/
Precios válidos salvo error tipográfico.